Especificaciones relativas a los criterios metodológicos empleados por la Sociedad de Ciencias Aranzadi sobre investigaciones de la memoria reciente

Antropología / Memoria histórica reciente

Jueves, 13 de Abril, 2023 — CEST

— Texto: Aranzadi

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En 2013 la Secretaria General de Paz y Convivencia del Gobierno Vasco publicó Informe-base de vulneraciones de derechos humanos en el caso vasco (1960-2013), (Vitoria-Gasteiz, junio 2013. Fdo por Manuela Carmena, Jon Mirena Landa, Ramón Múgica, Juan María Uriarte) en el que fijaba una categorización base relativa a graves violaciones de Derechos Humanos, según el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Además, se diferenciaba entre tres agentes victimarios posibles: ETA y otros grupos armados, Estado y FCSE, y grupos parapoliciales y de extrema derecha. Asimismo, en las sugerencias finales del citado informe se afirma lo siguiente:

“Según los estándares internacionales no todos los sufrimientos pueden considerarse vulneraciones de derechos humanos. Esto no significa que no deban tenerse en cuenta desde una perspectiva de sanación social. Por otra parte, la empatía es el signo más elemental de humanismo y civilización. Nuestra historia reciente registra también mucho sufrimiento de este tipo.

Piénsese en el ámbito familiar. El padecimiento de cada miembro de la familia de alguien que se ha visto amenazado, extorsionado o difamado por ETA. El padecimiento añadido de las familias de los presos, o el de cada una de las familias de las 40.000 personas detenidas, de las que, según el Ministerio de Interior menos de 10.000 fueron imputadas por su relación con ETA.

Pero, sobre todo, téngase en cuenta que 277 personas más han perdido la vida de muy diversas maneras en acontecimientos o circunstancias vinculadas a la violencia: suicidios, enfrentamientos, manipulando su propio armamento, por disparos fortuitos entre cuerpos policiales... Aunque todo ello no puede considerarse en sentido estricto vulneración de derechos humanos, forma parte de la memoria de lo sucedido.”. (Secretaría de Paz y Convivencia. Informe-base de vulneraciones de derechos humanos en el caso vasco (1960-2013).

Con todo, el citado informe fue la base de la clasificación de violaciones de Derechos Humanos y otros hechos derivados de violencia de motivación política, elaborada en 2014 por la Dirección de Derechos Humanos y Memoria Histórica de la Diputación Foral de Gipuzkoa y varias asociaciones. Por tanto, esta clasificación no parte de una elaboración unilateral de la Sociedad de Ciencias Aranzadi.

Posteriormente, en 2016, la Secretaria General para la Paz y la Convivencia Dirección de Victimas y Derechos Humanos del Gobierno Vasco elaboró Documento informativo ofrecido a los ayuntamientos para facilitar el impulso de actuaciones memoriales y de reconocimiento a las víctimas, en cada uno de los municipios vascos en los que se habían dado casos de vulneraciones del derecho a la vida y casos sin suficiente aclaración o investigación, independientemente del agente victimario, entre 1960 y 2013.

En dichos documentos, se afirmaba lo siguiente:

“El instrumento más importante del derecho internacional para las políticas de víctimas es la Resolución 60/147, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2005. Su artículo 9 señala expresamente que una persona será considerada víctima con independencia de que se haya producido un pleno esclarecimiento judicial del caso. De no ser así, las víctimas del terrorismo o de otras tipologías de violencia, cuyos casos no se hubieran juzgado o esclarecido, no habrían podido ser consideradas víctimas, ni habrían podido llegar a ser reparadas mediante un acto administrativo por una ley de reconocimiento.”. Gogora Institutua. https://www.euskadi.eus/retratos-municipales/web01-s1lehbak/es/

En cualquier caso, estos Retratos Municipales no abordan cuestiones morales o éticas, sino que se centran únicamente en una descripción somera de cada hecho, siguiendo el mismo esquema en todos los municipios, un documento a modo de radiografía inicial desde el que facilitar “actuaciones memoriales y de reconocimiento a las víctimas”.

Es precisamente este esquema elaborado por el Gobierno Vasco el que sigue la Sociedad de Ciencias Aranzadi a petición de las corporaciones municipales, añadiendo además la denominación “memoria reciente” al período en el que se enmarcan estos casos tal y como establece el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos Gogora. https://www.gogora.euskadi.eus/proyectos-memoria-reciente/webgog00-cogogora/es/

Asimismo, atendiendo al informe del Instituto Gogora Bases y criterios para la elaboración de Informes Municipales de Derechos Humanos y Memoria Reciente (1960-2018), los proyectos de investigación dirigidos por la Sociedad de Ciencias Aranzadi hacen suyas las tres pautas fundamentales que establece: no excluir, no legitimar, no diluir. Además, como se ha citado anteriormente se atiende a los estándares internacionales, cuenta con una participación social activa y parte de un consenso.

Respecto a este último punto, cabe reseñar de nuevo que las investigaciones realizadas por Aranzadi parten de un consenso político previo de todos los grupos políticos con representación municipal en cada uno de los municipios. Más aún, son los propios grupos municipales, en la mayor parte de los casos a través de las “mesas de convivencia” organizadas desde hace una década, los que contactan con Aranzadi para que lleve a cabo un proyecto integral siguiendo los criterios señalados en los párrafos anteriores. Es decir:

  • Incluyendo no solo a víctimas de graves violaciones de Derechos Humanos, sino también personas afectadas por otros hechos derivados de la violencia de motivación política.
  • Que el criterio de inclusión o exclusión de una víctima o persona afectada por la violencia de motivación política no sea la condición del victimario, sino la categorización fijada con anterioridad.
  • Delimitar la investigación a un documento base a modo de radiografía, centrado exclusivamente en la identificación de los casos mediante una base de datos pública y accesible para la ciudadanía.

Las solicitudes que en los últimos diez años han sido recibidas en Aranzadi para elaborar investigaciones locales, en base a estos criterios, han sido aceptadas en todos los casos, al cumplir, tanto los criterios básicos detallados anteriormente, como la importancia de partir de un consenso previo de todas las fuerzas políticas y agentes sociales locales.

Otro punto indispensable en estas investigaciones, y que es una exigencia que parte del consenso político y social de la localidad que las avala, es que deben ser integrales y no parciales. Es decir, el objeto de estudio no es una tipología de víctima concreta en función del agente victimario, sino todas las víctimas independientemente del victimario.

Pero además, este consenso previo ha entendido siempre y en todos los municipios que los que ejercitamos esta labor somos profesionales de diferentes disciplinas (fundamentalmente historiadores, antropólogos y forenses), que trabajamos con metodología científica, tal y como lo ha hecho Aranzadi en tantas disciplinas en sus 75 años de historia. Aranzadi construye el suelo científico identificando y recopilando datos objetivos, para que las instituciones con el mayor consenso posible construyan el suelo ético.

En definitiva, en ningún caso nos han encargado estas investigaciones para generar un relato, sino para ayudar a las instituciones locales mediante una herramienta útil en la identificación de víctimas de violaciones de derechos humanos y personas que han padecido sufrimientos derivados de la violencia de motivación política, pero que no pueden ser consideradas como víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

Por último, cabe señalar que antes de la puesta en marcha de cada uno de los proyectos, durante el desarrollo del mismo y antes de hacerse público cualquier documento o web, todos los grupos políticos y mesas locales de convivencia han podido acceder a los contenidos que se han ido elaborando cuando lo han solicitado.

No obstante, si los diferentes agentes institucionales, políticos, académicos y sociales que han impulsado durante los últimos años este tipo de proyectos, vieran la necesidad de llevar a cabo una reflexión conjunta relativa a posibles modificaciones y/o mejoras, tanto en los criterios base, como en la metodología, la Sociedad de Ciencias Aranzadi estaría dispuesta a colaborar y participar. Siempre actuando desde nuestra independencia científica, con rigor y lealtad, atendiendo a las políticas públicas en materia de memoria y derechos humanos que impulsan nuestras instituciones.